6/5/19

Novedades para las titulaciones náuticas que introduce el Real Decreto 238/2019

El 1 de mayo fue publicado el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

Entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2019. Puedes conocer el texto original a través del siguiente enlace al B.O.E.

Si quieres saber de forma resumida cómo te afectan estas modificaciones sigue leyendo este artículo.

P.E.R., P.Y. y C.P.
Si tienes el título de Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de Embarcaciones de Recreo podrás prestar determinados servicios profesionales como maniobras y traslados de embarcaciones, transporte de suministros, pruebas de mar, gobierno de embarcaciones de socorrismo o excursiones turísticas entre otros. Para ello, deberás habilitarte de la siguiente manera:
  1.  realizar las prácticas de vela homologadas (ver detalle)
  2.  obtener el Certificado de Formación Básica de Seguridad y
  3.  para los poseedores del PER, realizar las Prácticas en travesía para ampliar las atribuciones (ver detalle)

Licencia de Navegación 
El conocido como "titulín" permitirá (a partir del 1 de julio de 2019) llevar todo tipo de motos de agua, independientemente de su cilindrada.


Más información para habilitaciones

Si estás interesado en habilitarte a través de las prácticas de vela homologadas y en travesía, ponte en contacto con nosotros y te informaremos de los detalles.

Email: hola@escuelanauticasitges.com - Móvil: 609 338 183